ACTUALIDAD DIOCESANA

30/07/2021

Haz tu testamento vital. ¡Protégete!

El testamento vital o documento de instrucciones previas es un instrumento legal frente a la Ley de la eutanasia ya que permite a la persona decidir sobre los tratamientos y cuidados que quiere recibir al final de su vida. La Diócesis de Salamanca ofrece un nuevo modelo para aquellas personas que deseen realizar la inscripción de su testamento vital en el registro de la Administración Pública.

 

SERVICIO DIOCESANO DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Desde el pasado mes de marzo de este año 2021, la Diócesis de Salamanca ha promovido una campaña informativa sobre las consecuencias de la recientemente promulgada Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. En el marco de esta campaña, la Diócesis de Salamanca se ha unido a las iniciativas de otras muchas diócesis para promover un instrumento jurídico, popularmente conocido como “Testamento Vital”, y que en el Ordenamiento Jurídico de Castilla-León recibe el nombre técnico de “Documento de Instrucciones Previas”, y elaboró un modelo de testamento, desde el documento marco elaborado por la Conferencia Episcopal Española.

Nuevo modelo de Instrucciones previas

De las tres vías posibles que ofrece el Derecho para realizar este documento, muchas personas han optado por la inscripción en el Registro de Instrucciones Previas de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León. Sin embargo, con frecuencia ven rechazada la solicitud de inscripción por parte del personal de la Administración. Los funcionarios argumentan que muchos documentos presentados no están completos o presentan algunos defectos de forma.

Para ayudar a subsanar en el futuro cualquier deficiencia en la inscripción de este testamento la Diócesis de Salamanca ha elaborado un documento más completo y detallado “en el que hemos incorporado además otras cláusulas para poder cubrir un mayor número de supuestos que hemos detectado durante estos primeros meses de aplicación de esta polémica ley”, matiza Francisco Javier García Santos, promotor de justicia y defensor del vínculo del Tribunal eclesiástico de Salamanca.

Nuevo modelo

Así, en la primera página del documento han señalado algunos datos importantes a tener en cuenta para cumplimentar correctamente el testamento vital, “subrayando de forma especial los elementos que más frecuentemente son considerados por la Administración como motivo de rechazo”.

García Santos considera que “es especialmente importante distinguir los testigos y los representantes, que no pueden coincidir, y que deben cumplimentar las casillas correspondientes del documento anexo”. También recuerda que “la norma contenida en el Decreto 30/2007, de 22 de marzo, que regula el Registro de Instrucciones previas, señala expresamente que los testigos no deben tener relación de parentesco o vínculos obligacionales con el otorgante“.

Francisco Javier García Santos en su despacho de la Casa de la Iglesia.

El promotor de justicia aclara que “los representantes son las personas designadas para hacer valer la voluntad expresada por el otorgante cuando éste se encuentre incapacitado para expresar dicha voluntad”.

Francisco J. García recalca que “la Administración insiste también en la importancia jurídica de declarar expresamente que el otorgante no tiene ninguna relación de parentesco ni patrimonial u obligacional con los testigos presentados”.

El nuevo modelo de testamento vital diseñado por la Vicaría judicial de la Diócesis de Salamanca se ha adaptado con el objetivo de cumplir todas esas exigencias, de tal modo que se ofrece un documento más completo, que consta de cuatro fichas:

1. Una primera ficha que contiene las instrucciones para cumplimentar el documento, señalando los elementos más importantes.

2. El Documento de Instrucciones Previas, que debe ser cumplimentado y firmado de forma legible al pie de página.

3. La ficha de representantes designados, que deben firmar y aceptar.

4. La ficha de testigos y la declaración del otorgante manifestando que no tiene relación de parentesco, patrimonial u obligacional.

Este modelo de testamento vital está disponible en las oficinas del Tribunal eclesiástico de Salamanca ( C/ Rosario, 18) donde “estaremos siempre disponibles para asesorar a cualquier persona que necesite ayuda para cumplimentar este documento, siempre de forma gratuita y confidencial”, como señala García Santos. El documento también está disponible para su descarga en la sección “Documentos”, de la página principal de la Diócesis de Salamanca y en la sección de la Delegación diocesana de Familia y Vida. También puedes descargarlo aquí.

El documento ha de  cumplimentarse a mano y deberá presentarse en las oficinas de la  Gerencia de Salud de Área de Salamanca, en la Avenida Mirat. nº 28. La Gerencia regional de Salud comunicará mediante correo certificado la resolución de la solicitud.

Se recomienda hacer una copia de Declaración de Instrucciones previas e incorporarla a la carpeta de informes médicos del otorgante.

TESTAMENTO VITAL

El testamento vital es un instrumento legal frente a la Ley de la Eutanasia, ya que permite a la persona decidir sobre los tratamientos y cuidados que quiere recibir, o no está dispuesto a aceptar, en la fase final de su vida. En él se especifica que se administren los cuidados básicos y los tratamientos adecuados para paliar el dolor y el sufrimientoque no se le aplique la prestación de ayuda a morir en ninguna de sus formas (sea la eutanasia o el suicidio médicamente asistido), ni que se prolongue abusiva e irracionalmente su proceso de muerte. Además, se pide que sean administrados los sacramentos.   Este documento exige que la persona que lo firme esté en plena posesión de sus facultades mentales.

El testamento vital tiene diferentes nomenclaturas en las distintas comunidades autónomas, como señala Francisco J. García Santos, “en Castilla y León, en su ordenamiento jurídico, se denomina ‘Documento de instrucciones previas‘, y básicamente es un documento que recoge la voluntad expresa y previa de una persona que quiere reflejar su voluntad de los tipos de cuidados médicos y sanitarios que desea recibir cuando no esté consciente y no pueda expresar esa voluntad”.

Cualquier persona mayor de 18 años, o incluso un mayor de 16 años emancipado y que tenga la capacidad para obrar, puede hacer el testamento vital.

 

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